roundcube_logo

Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DISPUSO LA COMPETENCIA TERRITORIAL DE LOS JUECES CON FUNCIÓN DE CONTROL EN VIOLENCIA DE GENERO DE LA PROVINCIA

El Superior Tribunal de Justicia dispuso mediante Acordada Nº 11/2023 la numeración y competencia territorial de los Jueces con función de Control en Violencia de Género de la provincia.

La medida fue adoptada considerando que, en el tiempo que lleva la aplicación del nuevo Código Procesal Penal de la Provincia – Ley Nº 6.259 –   se advirtió un aumento significativo de la labor de los Jueces con función de Control en Violencia de Género, determinado por las audiencias fijadas desde la Oficina de Gestión Judicial.

Ello, conforme las estadísticas informadas por la citada Oficina, y que indican un mayor y más elevado porcentaje de intervención de algunos jueces con función de Control en Violencia de Género.

En ese contexto, el Alto Tribunal consideró que la jurisdicción territorial asignada oportunamente a los Juzgados Especializados en Violencia de Género Nº 1, 2, 3 y 4 -actualmente convertidos en Jueces con función de Control en Violencia de Género- no resulta armónica con la organización territorial para la Justicia Penal establecida por el Art. 15 de la Ley Nº 6.301, como tampoco adecuada al cúmulo de causas que se encuentran en trámite en materia de Violencia de Género.

En razón de ello, el Superior Tribunal de Justicia resolvió establecer un sistema de intervención de los Jueces con función de Control en Violencia de Género que, siendo compatible con la normativa vigente, resulte equitativo en la distribución de trabajo, evitando así la sobrecarga a uno de ellos.

A esos fines, en materia penal, los Jueces con función de Control en Violencia de Género tendrán la siguiente numeración y competencia territorial:

  • Jueces con función de Control en Violencia de Género Nº 1, 2, 3 y 4 tendrán competencia territorial en la Circunscripción Judicial San Salvador de Jujuy, comprendida por los Departamentos El Carmen, San Antonio, Humahuaca, Tilcara, Tumbaya, Yavi, Rinconada, Cochinoca y Santa Catalina, y las localidades de Caspalá y Santa Ana del Departamento Valle Grande, y en toda otra localidad no asignada expresamente a otra Circunscripción.
  • Jueces con función de Control en Violencia de Género Nº 5 y 6 tendrán competencia territorial en la Circunscripción Judicial San Pedro, comprendida por los Departamentos de San Pedro, Santa Bárbara, Ledesma y Valle Grande.

Asimismo, se dispuso que la distribución y sorteo de las cuestiones, petición o controversias que sean puestas a conocimiento de los Jueces con función en Violencia de Género, serán efectuados por la Oficina de Gestión Judicial, guiada por criterios de razonabilidad en el trabajo, equidad, eficacia, eficiencia, y de acuerdo a los normado por el Art. 65 del Código Procesal Penal.  

La Acordada Nº 11/2023 puede ser consultada en la página del Poder Judicial en internet www.justiciajujuy.gov.ar

Ir al contenido