Dos hombres fueron condenados por el Tribunal en lo Criminal Nº 3 por abusar sexualmente de una menor de edad, de la que son familiares, hechos ocurridos en la ciudad de Libertador General San Martín.
Los jueces condenaron a O.A.Q. a la pena de 8 años de prisión, por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por la relación de convivencia”; ordenando su inmediato traslado al Servicio Penitenciario provincial.
En tanto G.A.R. fue condenado a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual simple agravado por el vínculo”. Asimismo, le impusieron reglas de conducta y restricciones que deberá cumplir por el término de la condena, entre ellas asistir y acreditar la realización de un curso sobre violencia de género hacia las mujeres en institución pública y/o ONG especializada en la problemática.
El Tribunal ordenó también que, una vez firme y consentida la sentencia, se realicen los exámenes tendientes a lograr la identificación genética de los condenados y su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
El veredicto fue emitido el pasado martes, 8 de febrero, por las juezas Ana Carolina Pérez Rojas – presidenta de trámite-, María Margarita Nallar y el juez Mario Ramón Puig; secretaría a cargo del Dr. Cecilio Ruiz.
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y los abogados defensores del acusado.
Acusación
Según la requisitoria de la Fiscalía, en el periodo de tiempo transcurrido durante el año 2008, la victima, que tenía 9 años de edad, se había mudado a vivir junto a su madre y hermanos a un inmueble de propiedad de su abuela materna en Libertador General San Martín, donde convivía con el acusado O.A.Q.
En esas circunstancias, el imputado, quien era tío de la menor, en una de las habitaciones de dicha vivienda, en días de semana y en horas de la mañana, abusó sexualmente de la menor primeramente mediante toqueteos en sus partes intimas.
Posteriormente, cuando la niña tenía 11 años de edad, en el año 2010, al encontrarse solos en la vivienda la accedió carnalmente.
El otro hombre, G.A.R., hermano de la víctima, fue enjuiciado por que durante el transcurso del mes de junio de 2020, en horas de la madrugada, cuando la niña se encontraba durmiendo junto a su madre en una habitación de la misma casa, la abuso sexualmente efectuándole tocamientos, hechos que se reiteraron a lo largo de ese año.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Walter Rondón.
La defensa técnica del imputado fue ejercida por la Defensora Oficial, representante del Ministerio Público de la Defensa Penal, Dra. Adriana Fernández.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia.