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Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

CONDENARON A 11 AÑOS DE PRISIÓN A UN HOMBRE QUE ABUSÓ SEXUALMENTE DE UNA MENOR DE EDAD CON LA QUE CONVIVÍA

En un juicio abreviado, un hombre identificado como J.C.Z.R, fue condenado a la pena de 11 años de prisión por ser considerado autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal y Abuso sexual gravemente ultrajante, ambos agravados por la guarda y por haber sido cometido contra un menor de dieciocho años aprovechando la convivencia, hechos reiterados, en concurso real”; ilícitos cometidos en la ciudad de Calilegua.

El fallo fue dictaminado días atrás por el Tribunal con Función de Juicio integrado por los jueces Dres. Luis Ernesto Kamada – presidente de trámite-, Alejandro Máximo Gloss y Mario Ramón Puig; secretaría a cargo de la Dra. Silvia Andrea Meriles Lello.

El veredicto se dio a conocer en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial y en el mismo los magistrados, además, ordenaron el inmediato traslado del condenado a la unidad del Servicio Penitenciario Provincial que corresponda.

Así también, dispusieron la obtención de los perfiles genéticos del sentenciado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme la sentencia.

Los hechos

Según la requisitoria de la Fiscalía, el acusado, J.C.Z.R., durante el período comprendido entre los años 2019 y 2020 residía en un domicilio ubicado en la localidad de Calilegua junto con su pareja, progenitora de la víctima.

El imputado agredió sexualmente en diferentes oportunidades a la menor de edad, siendo la primera ocasión cuando esta tenía 8 años.

Los hechos fueron sucediendo hasta el día 24 de diciembre de 2020, oportunidad en la que la menor tenía 10 años de edad.

Las acciones reiteradas y continuas de vulneración sexual desarrolladas por el acusado han consistido en actos libidinosos que determinaron conductas gravemente ultrajantes para la víctima.

Juicio Abreviado

J.C.Z.R. fue juzgado mediante un juicio abreviado al hacer lugar los jueces a la solicitud de aplicar tal procedimiento especial, previsto por el Artículo 411 del Código Procesal Penal de la provincia.

El pedido fue formulado por los representantes del Ministerio Público de la Acusación Dres. Agustín Jarma y José Alfredo Blanco; el acusado y su abogado, el Defensor Público Penal Dr. Adrián Marcelo Ferreyra, del Ministerio Público de la Defensa; y la querella ejercida por el Dr. Luis Eduardo Rojas, del Centro de Asistencia a la Víctima.

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