El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó hoy, 10 de marzo de 2022, a un hombre, J.M.M., a la pena de 11 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por la situación de convivencia con víctima menor de dieciocho años”; hechos ocurridos en el año 2020 en la localidad de Fraile Pintado.
Así también ordenó que una vez firme la sentencia se obtenga el perfil genético del condenado para incorporarlo al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, en el mes de febrero del año 2020, días antes de las festividades de carnaval y en horas de la tarde, el imputado le solicitó a su hija, una adolescente de 17 años de edad, que lo acompañe a una quinta de su propiedad ubicada en cercanías del cementerio de Fraile Pintado.
Una vez que llegaron a ese sitio, el hombre procedió a arrastrar a su hija por la fuerza hasta los cañaverales que estaban próximos al lugar, para luego quitarle sus prendas de vestir y abusarla accediéndola carnalmente.
Estos hechos se repitieron durante el transcurso del año 2020 en el mismo lugar, y en dos oportunidades en el interior de una vivienda donde ambos convivían, en un barrio de Fraile Pintado.
El Tribunal fue integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidenta de trámite- y Ana Carolina Pérez Rojas, haciendo uso de las facultades previstas en Acordada Nº 71/2008. En tanto, la secretaría estuvo a cargo del Dr. Rodrigo Burgos.
Procedimiento especial
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y el Defensor.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Walter Hugo Rondón, mientras la querella estuvo representada por el Dr. Rubén Omar Yurquina.
La defensa técnica del acusado fue ejercida por el Dr. Rodrigo Martín Parentis.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.
Departamento de Prensa y Relaciones Públicas
Poder Judicial de Jujuy