Recientemente, en un juicio abreviado, el Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a un hombre, V.H.J., a la pena de 5 años de prisión de ejecución efectiva por resultar ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso Sexual con penetración agravado por la situación de convivencia en grado de tentativa”.
Los magistrados ordenaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
También, le prohibieron tener contacto alguno con la víctima, ya sea de manera personal o por cualquier medio de comunicación; y además lo declararon reincidente, por haber sido condenado anteriormente y cumplido la pena.
El Tribunal estuvo integrado por las juezas Felicia Barrios– presidente de trámite- y María Alejandra Tolaba, y el juez Luciano Yapura; secretaria a cargo de la Dra. Mariana Córdoba Etchart.
Hecho
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, el 20 de junio de 2021, aproximadamente a las 00.15 horas, en la cocina comedor de una vivienda ubicada en cercanías de la localidad de Yala, un niño de 11 años de edad se encontraba levantando los platos.
En esas circunstancias, el acusado, tío del menor, le ofreció a este la suma de mil pesos ($1.000) para que le realizara una práctica sexual.
En ese momento ingresó al comedor la hermana del niño, quien tras ver lo que sucedía empujó al imputado impidiendo que abusara sexualmente del menor.
Seguidamente le comunicó lo sucedido a su madre, quien telefónicamente dio aviso al personal policial, quienes se dirigieron al lugar y demoraron al acusado.
Juicio Abreviado
El juicio se resolvió en una única audiencia oral al hacer lugar el Tribunal al acuerdo arribado por el Ministerio Público Fiscal con el acusado, V.H.J, asistido por su abogada defensora, en los términos previstos en el Artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia.
El mencionado procedimiento puede ser aplicado a solicitud del Ministerio Público Fiscal si este considera que corresponde aplicarle al acusado una pena privativa de la libertad de hasta 6 años o una pena no privativa de libertad.
Además, para que esta solicitud sea admisible, es necesaria la conformidad del imputado, quien asistido por su defensor o defensora admite la existencia del hecho y su participación en el mismo. Finalmente, como en el presente caso, se requiere el acuerdo del Tribunal de juicio.
Como Fiscal se desempeñó el Dr. Aldo Hernán Lozano, de la Fiscalía Especializada en Violencia de Género; mientras que la defensa técnica del acusado fue ejercida por la representante del Ministerio Publico de la Defensa Penal, Dra. Florencia Quintar.
Departamento de Prensa y Relaciones Públicas
Poder Judicial de Jujuy