El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a un hombre de 71 años, identificado como S.M.A., a cumplir la pena de 12 años de prisión por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal y Abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real”, cometidos contra una menor de edad, en San Salvador de Jujuy.
Asimismo, en el veredicto emitido ayer, 28 de marzo de 2023, los magistrados resolvieron mantener la privación de libertad del condenado bajo la modalidad domiciliaria.
Además, ordenaron la obtención de los perfiles genéticos del penado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
El Tribunal estuvo integrado por las juezas Dras. Ana Carolina Pérez Rojas – presidenta de trámite – y María Margarita Nallar, y el juez Dr. Mario Ramón Puig; secretaría a cargo del Dr. Martín De Athayde Moncorvo.
Acusación
Según la requisitoria de la Fiscalía, desde el mes de abril y hasta el 27 de diciembre del año 2020, en un inmueble del barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy, sin precisar horarios, el acusado, aprovechando que una menor de edad concurría a cuidarlo en su domicilio, abusó de la niña y la amenazó diciéndole que iba a “violar a su hermana” e iba a “echar a todos de la casa”.
Además, en otras oportunidades le compraba celulares o le entregaba dinero para mantener relaciones sexuales con la víctima.
Procedimiento especial
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y el Abogado Defensor.
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó el Dr. Alejandro Bossatti; mientras que la defensa técnica del condenado fue ejercida por la Dra. Carla Agustina Reyna.
Como querellante se desempeñó la Dra. María Virginia Eliazarián, del Centro de Asistencia a la Víctima.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia; a partir de lo cual, las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior al Tribunal de juicio.