El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a tres hombres a prisión por ser autores de los delitos de abuso sexual y corrupción de menores, siendo familiares políticos de las víctimas.
El primero de los condenados, I.H.G., recibió la pena de 30 años de prisión por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal y Corrupción de menores agravada, en concurso real”.
En tanto, A.O.P. fue condenado a la pena de 20 años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante y Corrupción de menores agravada, en concurso real”.
Por su parte, C.H.G. fue condenado a 15 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”.
En el veredicto, emitido recientemente, los magistrados ordenaron el inmediato traslado de A.O.P. y C.H.G. al Servicio Penitenciario; y dispusieron que, firme y consentida la sentencia, se realicen los exámenes tendientes a lograr la identificación genética de los condenados y su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
El Tribunal estuvo integrado por las juezas Ana Carolina Pérez Rojas – presidenta de trámite-, María Margarita Nallar y el juez Mario Ramón Puig. En tanto, como secretario se desempeñó el Dr. Cecilio Ruiz.
Los hechos
De acuerdo con la requisitoria de citación a juicio, los hechos que se le atribuyeron al acusado A.O.P. ocurrieron en el lapso de tiempo de dos semanas aproximadamente, cuando este se encontraba en una vivienda de la ciudad de Palpalá con una niña de 10 años de edad, a quien abusó sexualmente.
En otra ocasión , el hombre introdujo a la víctima en el baño de la casa para obligarla a ver como él mantenía relaciones sexuales con una menor de 14 años de edad.
Además, por las noches, el imputado se dirigía al dormitorio de la niña y la manoseaba en sus partes íntimas, para luego amenazarla con que si contaba algo la mataría a ella y a su madre.
A otro de los enjuiciados, I.H.G., la Fiscalía lo acusó por que antes del mes de julio de 2018, en una vivienda de Alto Comedero de San Salvador de Jujuy, incitó a la menor, que también fue víctima de A.O.P., la que en ese momento ya tenía 15 años, a mantener relaciones sexuales con él a cambio de comprarle un celular.
Tratando de persuadir a la adolescente le mostró en su teléfono fotos y videos del hermano menor de la víctima, un niño de 12 años de edad, que se encontraba desnudo, y al cual también accedió carnalmente.
Del mismo modo, I.H.G. incitó a un joven de 17 años de edad a que a través de Facebook le enviara fotos y videos de él realizando practicas sexuales específicas.
En tanto, otro de los acusados, C.H.G., en el mismo domicilio del imputado anterior en la ciudad capital de la provincia, sin poderse precisar fechas, cuando el niño de 12 años de edad anteriormente mencionado, tenía entre dos o tres años de vida, el imputado lo tocaba por arriba y por debajo de la ropa interior, y lo abusó carnalmente en reiteradas oportunidades.
Fiscales y Querella
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñaron los doctores Walter Hugo Rondón y Darío Osinaga Gallacher, quienes pidieron para A.O.P y para C.H.G. la pena de 30 años de prisión, y para I.H.G. la pena de 35 años de prisión.
En representación de la Querella estuvo el Dr. Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima, quién adhirió al pedido de la fiscalía.
Abogados defensores
La abogada defensora de A.O.P fue la Dra. Cintia Barrios, quién solicitó para su defendido la absolución lisa y llana. Por su parte, la defensa técnica de I.H.G. y de C.H.G. estuvo a cargo del Dr. Luís Rubén Gutiérrez, quien pidió para sus defendidos la absolución, y en subsidio que se atenúe la pena.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia; a partir de lo cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.
Departamento de Prensa y Relaciones Públicas
Poder Judicial de Jujuy