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Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

LO CONDENARON A 12 AÑOS DE PRISIÓN POR ABUSAR SEXUALMENTE DE SU PRIMA MENOR DE EDAD

En un juicio abreviado, un sujeto identificado como N.M.A.G fue condenado a la pena de 12 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con penetración agravado por la guarda y el grave daño en la salud- dos hechos en concurso real”.

La resolución fue adoptada el 6 de febrero de 2024, por el Tribunal con Función de Juicio integrado por las juezas Dras. María Margarita Nallar – presidenta de trámite-, Felicia Barrios y el juez Dr. Mario Ramón Puig; secretaría a cargo de la Dra. Silvana Anún.

Constituidos en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, los magistrados además ordenaron al condenado acreditar la realización de un curso sobre nuevas masculinidades y violencia de género; y se ordenó obtener sus perfiles genéticos a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los Delitos Contra la Integridad Sexual.

Por los mismos hechos, el Tribunal condenó a la segunda persona imputada en el caso, identificada como A.V.C, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por haber sido hallada penalmente responsable del delito de “participación secundaria en el delito de abuso sexual con penetración agravado por la guarda y el grave daño a la salud- dos hechos en concurso real”; por tanto ordenaron su libertad.

Los jueces resolvieron además imponer a A.V.C fijar domicilio y someterse al control de patronato de liberados y de la oficina de control de probation dependiente del MPA cada 30 días, abstenerse de ejercer actos perturbatorios por cualquier medio en contra de la menor víctima hasta que cumpla la mayoría de edad y de su grupo familiar, todo por el termino de cuatro años.

Finalmente, y conforme lo acordado por las partes, ambos imputados deberán realizar un pago en concepto de reparación.

Una vez firme y consentida la sentencia se deberá informar a la víctima y a su madre sus derechos a acudir a los servicios de atención que se encuentran a su disposición

Los hechos

Según la acusación de la Fiscalía, los hechos por los que se juzgó a los condenados ocurrieron en reiteradas oportunidades entre los meses de enero y mayo del año 2.022, en horario de la mañana en un inmueble de la ciudad de Palpalá. En esos momentos la víctima menor de edad se encontraba bajo el cuidado de su tía A.V.C y su primo N.M.A.G. Cuando la madre de la víctima se retiraba a trabajar, es que el sujeto aprovechó las circunstancias para cometer los abusos.

Posteriormente, cuando la niña narra lo sucedido a su tía A.V.C, le expresó que: “no debía decirle nada a su madre, porque si no la iban a llevar lejos”, para luego obligarla a lavar las sabanas y ropa impidiendo con ello que los hechos relatados sean anoticiados a los progenitores de la niña víctima u otros adultos responsables.

El segundo hecho investigado ocurrió el 26 de septiembre del año 2.022, entre las horas 15:00 y 16:00, aproximadamente, en el domicilio antes mencionado, cuando la niña se acostaba a dormir la siesta y su madre no se encontraba en el lugar. En esos momentos N.M.A.G obligó a la niña a quitarse la ropa de manera violenta y con amenazas para perpetrar los abusos.

Juicio Abreviado

Los magistrados hicieron lugar a la solicitud de juicio abreviado en los términos previstos por el Art. 411, formulada por la fiscal Dra. María Emilia Curtem Haquim, la querella particular representada por la Dra. Luciana Chávez y la defensa de los acusados, ejercida por el Defensor Público Penal Dr. Roberto Savio, perteneciente al Ministerio Público de la Defensa.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.

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