Poder Judicial de la
Provincia de Jujuy

PERICO: LO CONDENARON A 8 AÑOS DE PRISIÓN POR ABUSAR SEXUALMENTE Y ROBAR A UNA MUJER

En un Juicio Abreviado, un sujeto identificado como J.A.C fue condenado a la pena de ocho años de prisión por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal y Hurto en concurso real”, ocurridos en la ciudad de Perico.

La sentencia fue dictaminada hoy 21 de octubre de 2024, por los jueces con Función de Juicio Dres. Mario Ramón Puig –presidente de trámite-, Felicia Ester Barrios y María Alejandra Tolaba; secretaría a cargo del Dr. Ricardo Almaraz.

Los magistrados, además, ordenaron el inmediato traslado del condenado hacia el Servicio Penitenciario de la Provincia como así también que el sentenciado deberá pagar a la víctima una suma de dinero en concepto de reparación económica.

Asimismo, dispusieron que se obtengan los perfiles genéticos de J.A.C. a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.

Los hechos

Según la requisitoria de la Fiscalía, el hecho por el que fue condenado J.A.C ocurrió el 18 de febrero de 2024, a horas 10:00 aproximadamente, en circunstancias que la víctima salía de un bar ubicado en la ciudad de Perico.

El acusado circulaba en una motocicleta por el lugar y se ofreció a llevar a la mujer hasta su domicilio, por lo cual ella se subió confiada al rodado.

Al circular a la altura del hospital Arturo Zabala, el imputado se desvío por Ruta Provincial Nº 54, llevando a la víctima a un descampado.

El sujeto se bajó del rodado, se le acercó a la mujer y procedió a agarrarla del cabello para tirarla al suelo, arrastrarla y abusarla sexualmente.

Finalmente, J.A.C se levantó y sustrajo de la riñonera de la víctima un teléfono celular y la suma de tres mil pesos, para luego darse a la fuga con dichos bienes en la motocicleta.

Juicio Abreviado

El acusado fue juzgado mediante un Juicio Abreviado al hacer lugar los magistrados al acuerdo arribado, en los términos previstos por el Art. 411 del Código Procesal Penal – Ley Nº 6.259, por la representante del Ministerio Público de la Acusación Dra. Romina Núñez, la querella representada por la Dra. Ana Eliazarian del Centro de Asistencia a la Víctima y el imputado junto su abogado, el Defensor Oficial Dr. Pablo Lozano, del Ministerio Público de la Defensa.

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